miércoles, 19 de noviembre de 2008

RESOLUCIÓN Nº 002-2008-II/JF-DER (DIRECTIVA Nº 002-2008-II/JF-DER)

RESOLUCIÓN Nº 002-2008-II/JF-DER


RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA DIRECTIVA N° 002-2008-II/JF-DER



Vistos:

El Reglamento de Elecciones para la Mesa Directiva de la Federación de Estudiantes de la Pontificia Universidad Católica del Perú (la ‘FEPUC’), aprobado por la Asamblea de Delegados de la FEPUC.

El Reglamento de Elecciones para la Mesa Directiva del Centro Federado de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la universidad (el ‘Centro Federado’)

La proximidad del inicio del plazo para inscripción de las listas postulantes a la Mesa Directiva del Centro Federado de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (el “Centro Federado”)


Considerando:

Que el Reglamento de Elecciones del Centro Federado, entre sus artículos 22º al 38º, rige el proceso de inscripción de las listas candidatas a la Mesa Directiva.

Que, las listas candidatas deberán presentar los requisitos que el Reglamento y la fiscalía estipulan para que la inscripción sea declara admisible y luego procedente.

Que es necesario que las listas presenten los requisitos de manera uniforme.

Que de acuerdo al Reglamento de Elecciones del Centro Federado, son funciones del Fiscal interpretar el mismo.


Se resuelve:

Aprobar y dictar la directiva Nº 002-2008-II/JF-DER





DIRECTIVA Nº 002-2008-II/JF-DER

DIRECTIVA PARA REGULAR EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION DE LISTAS


Artículo 1º.- La presente Directiva tiene por objeto aclarar los requisitos solicitados por el Reglamento de Elecciones del Centro Federado de Derecho, así como dictar normas complementarias en el procedimiento de inscripción de las listas candidatas.

Artículo 2º.- Un representante de la lista postulante deberá presentar los requisitos de inscripción estipulados en el Reglamento de Elecciones del Centro Federado así como los dispuestos por la Fiscalía, desde el día 23 de octubre de 2008 hasta el lunes 27 de octubre del mismo año a las 19:00 horas.

El representante debe ser miembro de la lista postulante y figurar en la relación de cargos de los padrones de firmas adherentes de la lista al momento de la entrega de los requisitos.

Artículo 3º.- El Fiscal del Centro Federado es el único que puede recibir los requisitos, los mismos que deben presentarse en un sobre cerrado.

Artículo 4°.- Para efectos de las inscripciones durante los días 23 y 24 de octubre, se coordinará previamente con el Fiscal del Centro Federado –vía correo electrónico o por teléfono móvil- la fecha, hora y lugar donde se entregarán los requisitos. El sábado 25 no hay inscripciones.

Para las inscripciones que se realicen el día lunes 27 de octubre, sólo se podrá hacer la misma en los siguientes horarios:

- Desde las 11:00 a.m. hasta la 1 p.m.
- Desde las 5:30 p.m. hasta las 7:00 p.m.

El Fiscal esperará a los representantes en las bancas (el pasillo) frente a la puerta de acceso del local del Centro Federado o, de ser el caso, en el mismo local del Centro Federado.

No hay tiempo de tolerancia. Pasado el plazo máximo establecido, no se aceptará la inscripción de lista alguna.

Artículo 5º.- Las listas que deseen participar en las elecciones deberán presentar los siguientes requisitos:

Un total de 200 firmas de alumnos adherentes de la facultad de Derecho.
La constancia de matrícula, es decir, la impresión de la primera página que muestra el intranet, donde se ven los cursos en los que está matriculado el alumno. En su defecto puede adjuntarse copia del boucher de pago al Banco por concepto de cancelación de boleta.
Copia del DNI o de la Tarjeta Universitaria de Identidad (TUI).
Nombre o denominación de la lista.
El símbolo de la lista impreso en blanco y negro, y en formado electrónico en un diskette y enviado al correo: a20060969@pucp.edu.pe
El nombre del Personero General de la Lista, su constancia de matrícula o boucher del banco y una copia de su TUI o DNI.
El Acta de Compromiso firmada por todos los secretarios de las listas.
Un ejemplar impreso de la página del intranet donde se detalla el rendimiento académico: Promedio ponderado en la Facultad, porcentaje de ubicación y la sección donde se detalla el número de cursos llevados y que se llevan actualmente, y las veces en las que se está llevando o se han llevado éstos.
Un ejemplar de la lista de cursos aprobados en la Universidad, sólo para el Presidente y Vicepresidente, Secretario de Economía y Secretario de Organización.
El Plan de Trabajo detallado por secretarías y en no más de 3 hojas, según lo establecido en la Directiva Nº 001-2008-II/JF-DER

Artículo 6º.- Las listas también podrán acreditar a otros personeros de mesa. El personero ejerce su función sobre una mesa de sufragio. No existen personeros para dos mesas.

El plazo de entrega de la lista de personeros de mesa es el día 6 de noviembre de 2008, antes de iniciarse el debate electoral. Luego de este plazo no se admitirá la inscripción de ningún personero adicional.

La entrega la realiza al Fiscal el Personero General.

Artículo 7º.- Una vez que el Fiscal reciba los requisitos del artículo 5º, procederá a revisarlos. En el caso de que alguna lista incumpla algún requisito, podrá solicitar al representante que entregó los requisitos su subsanación.

El plazo de subsanación varía respecto al requisito faltante a subsanar:

En el caso de deficiencia en el número de firmas válidas de los padrones de firmas adherentes, y siguiendo lo dispuesto por el artículo 31° del Reglamento de Elecciones del Centro Federado, éstas sólo podrán ser nuevamente presentadas desde el momento posterior a la notificación del fiscal del defecto en las firmas válidas, hasta el vencimiento del plazo de inscripción de las otras listas -7:00 p.m. del 27 de octubre de 2008-, siguiendo el horario de disponibilidad descrito en el numeral 4° de la presente directiva.

Si pasado este tiempo no se presenta la subsanación del defecto, se considera retirada la solicitud de inscripción. Igualmente, si revisados los requisitos se encuentra error en las firmas y para ese momento ya había pasado el plazo de subsanación –esto es, luego de las 7:00 p.m.-, la solicitud es considerada retirada.

En relación a las denegatorias en la inscripción de alguno de los candidatos de la lista, el plazo opera desde el momento posterior a la notificación del defecto en los requisitos de alguno de los candidatos hasta el martes 28 de octubre a las 6:00 p.m.

Los 3 días hábiles que consigna el artículo 37° del Reglamento de Elecciones para la presentación del nuevo candidato son contados a partir del jueves 23 de octubre, día del inicio de la inscripción de listas. En caso la lista presente los requisitos en fecha posterior, sólo tendrá plazo hasta el martes 28 de octubre.

El horario de recepción de las subsanaciones es similar al descrito en el artículo 4° de la presente directiva. El día martes se recibirán las subsanaciones en el siguiente horario: de 5:00 p.m. a 6 p.m. frente a la puerta de acceso del local del Centro Federado o, de ser el caso, en el mismo local del Centro Federado. No hay tiempo de tolerancia.

Respecto a los demás requisitos, estos se subsanarán exclusivamente el martes 28 de octubre, hasta las 6:00 p.m., siguiendo el tiempo y lugar señalados en el último párrafo del inciso segundo del presente artículo.


DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- La presente Directiva está sujeta a cambios, a criterio del Fiscal, previa comunicación a los personeros de las listas y a la Junta de Fiscales.

La Junta de Fiscales puede modificar la presente directiva, mediante directivas vinculantes para la Facultad de Derecho.

Las modificaciones no deben traer perjuicio para las listas candidatas.

Segunda.- La presente Directiva entrará en vigencia el mismo día del inicio de la inscripción de las listas de candidatos –jueves 23 de octubre-.


Pando, 22 de octubre de 2008



Max Antonio Terrazos Yamunaqué
Fiscal del Centro Federado de Estudiantes
Facultad de Derecho
Pontificia Universidad Católica del Perú

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