miércoles, 19 de noviembre de 2008

RESOLUCIÓN Nº 004-2008-II/JF-DER (RESOLUCIÓN Nº 004-2008-II/JF-DER)

RESOLUCIÓN Nº 004-2008-II/JF-DER


RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA DIRECTIVA N° 004-2008-II/JF-DER


Vistos:

El Reglamento de Elecciones para la Mesa Directiva de la Federación de Estudiantes de la Pontificia Universidad Católica del Perú (la ‘FEPUC’), aprobado por la Asamblea de Delegados de la FEPUC.

El Reglamento de Elecciones para la Mesa Directiva del Centro Federado de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la universidad (el ‘Centro Federado’)

Las Directivas Nº 001-2008-II/JF-DER, Nº 002-2008-II/JF-DER y Nº 003-2008-II/JF-DER dictadas por la Fiscalía del Centro Federado.


Considerando:

Que de acuerdo al Reglamento de Elecciones del Centro Federado, la Fiscalía está a cargo de la interpretación de aquél.

Que según la primera disposición complementaria y final de la Directiva Nº 001-2008-II/JF-DER, en caso de incompatibilidad entre el Reglamento de Elecciones y la directiva en mención, se preferirá el primero.

Que según la segunda disposición complementaria y final de la Directiva Nº 001-2008-II/JF-DER, la directiva en mención está sujeta a cambios a criterio del Fiscal del Centro Federado.

Que el artículo 37° del Reglamento de Elecciones dispone 3 días hábiles de plazo para las listas para la presentación de un nuevo candidato en caso de denegatoria de uno de ellos.

Que la Junta de Fiscales acordó dar como plazo un solo día en presentación de nuevos candidatos de parte de las listas.


Se resuelve:

Aprobar y dictar la directiva Nº 004-2008-II/JF-DER





DIRECTIVA Nº 004-2008-II/JF-DER

DIRECTIVA QUE MODIFICA LAS DIRECTIVAS N° 001-2008-II/JF-DER Y N° 003-2008-II/JF-DER




Artículo 1°.- Modifíquese los incisos 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 2° de la directiva N° 001-2008-II/JF-DER (referidas al Calendario Electoral). En consecuencia, el artículo quedará redactado de la siguiente manera:


Del lunes 13 de octubre al lunes 27 de octubre (hasta las 12:00 horas): Solicitud de padrones de adherentes a la Fiscalía del Centro Federado de parte de las listas e inicio la recolección de firmas.

Desde el jueves 23 de octubre hasta el lunes 27 de octubre a las 19:00 horas: Presentación de los requisitos de inscripción de las listas postulantes y posterior inscripción provisional de las mismas.

Desde el jueves 23 de octubre hasta el lunes 27 de octubre a las 19:00 horas (posterior a la presentación de los requisitos de inscripción de la lista a la Fiscalía): Plazo de subsanación de deficiencias de las listas postulantes exclusivamente con respecto a deficiencia de firmas válidas.

Desde el jueves 23 de octubre hasta el viernes 31 de octubre de 2008 (posterior a la presentación de los requisitos de inscripción de la lista a la Fiscalía): Plazo de subsanación de deficiencias de las listas postulantes exclusivamente con respecto a denegatorias de inscripción de candidatos (improcedencias). Vencido el plazo se hará la PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS PROVISIONALMENTE INSCRITAS.

Martes 28 de de octubre: Plazo de subsanación de deficiencias para las listas inscritas, con excepción de las referidas a firmas válidas e improcedencias de inscripción de candidatos. Las deficiencias referidas a la admisibilidad de los candidatos, se resuelven en esta fecha.

Lunes 3 de noviembre: INICIO DE CAMPAÑA ELECTORAL

Del lunes 3 de noviembre al 6 de noviembre: Plazo de presentación de tachas contra la inscripción de las listas.

Jueves 6 de noviembre (antes del Debate Electoral): Subsanación de las tachas por parte de la Fiscalía y publicación de las listas inscritas.

Jueves 6 de noviembre: Debate Electoral y vencimiento del plazo de entrega de la relación de personeros de las listas inscritas.

Miércoles 12 de noviembre (desde las 00:01 horas): Silencio Electoral

Jueves 13 de noviembre: ELECCIONES

Viernes 14 de noviembre: Publicación de resultados extraoficiales de la elección.

Del lunes 17 de noviembre al miércoles 19 de noviembre: Plazo para presentar impugnaciones de parte de los Personeros Generales de las listas.

Jueves 20 de noviembre: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS OFICIALES.


Artículo 2°.- Modifíquese el segundo párrafo del artículo 1° de la directiva N° 003-2008-II/JF-DER. Por lo tanto, el párrafo en mención debe decir:

“En consecuencia, sólo podrán postular como miembros de lista para las presentes elecciones aquellos estudiantes que hayan llevado por lo menos un curso del Plan de Estudios de la facultad en el ciclo 2008-1 y que lo hayan aprobado.”


DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primero.- En caso de existir incompatibilidad entre la presente Directiva y el Reglamento de Elecciones del Centro Federado o el Estatuto del Centro Federado, se preferirán a estos dos últimos.

Segundo.- La presente Directiva está sujeta a cambios, a criterio del Fiscal, previa comunicación a los personeros de las listas y a la Junta de Fiscales.

La Junta de Fiscales puede modificar la presente directiva, mediante directivas vinculantes para la Facultad de Derecho.

Las modificaciones no deben traer perjuicio para las listas candidatas.

Tercero.- La presente Directiva entrará en vigencia desde su comunicación a las listas postulantes.


Pando, 28 de octubre de 2008



Max Antonio Terrazos Yamunaqué
Fiscal del Centro Federado de Estudiantes
Facultad de Derecho
Pontificia Universidad Católica del Perú

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